Es objeto de la presente Ley promover la igualdad y equidad en el goce de los
derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales entre mujeres y
hombres; establecer los principios generales que fundamenten políticas públicas dirigidas a
garantizar el ejercicio efectivo en la igualdad real, en la aplicación de la norma jurídica vigente
de mujeres y hombres, para asegurar el pleno desarrollo de la mujer y establecer los
mecanismos fundamentales a través de los cuales todos los órganos de la administración
pública y demás Poderes del Estado, gobiernos regionales y municipales garantizarán la
efectiva igualdad entre mujeres y hombres.Instituto Nicaraguense de la Mujer
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